Capítulo VII
Art. XXVII
La Mesa Directiva, tiene el poder de poder de incrementar funcionarios o empleados de ser necesario para su crecimiento siempre y cuando posea el potencial económico para su remuneración y administración ya que nuestra Sociedad no tiene fines de lucro.
La Mesa Directiva, tiene el poder de poder de incrementar funcionarios o empleados de ser necesario para su crecimiento siempre y cuando posea el potencial económico para su remuneración y administración ya que nuestra Sociedad no tiene fines de lucro.
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